Xunta de Galicia
Usted está aquí:

Registro de nombre comercial

 

1.- Antes de solicitar un Nombre comercial

  • Conviene que se asegure de que no se encuentra inscrito con anterioridad para evitar gastos y trámites innecesarios. Para ello puede consultar, si se trata de una denominación, el localizador de marcas de la página Web de la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM) y efectuar la búsqueda correspondiente. Si como resultado de la búsqueda localiza un registro anterior de denominación idéntica a la que usted pretende inscribir y destinado a distinguir productos idénticos o similares deberá tener en cuenta que, si el titular anterior se opone, su solicitud puede ser denegada.
  • Si no localizase un signo idéntico se le recomienda que encargue una búsqueda de solicitudes o derechos anteriores por semejanza fonética (IR A MAS INFORMACIÓN), ya que el localizador de marcas no realiza este tipo de búsquedas y los titulares de signos anteriores semejantes pueden asimismo oponerse a su solicitud. Se trata de un servicio que se realiza por la OEPM previo pago de una tasa.

2.- Solicitud de un Nombre Comercial

3.- Durante la solicitud de un Nombre Comercial

  • Puede seguir su tramitación administrativa por Internet a través de la página web de este Organismo en "bases de datos" y "situación de expedientes".
  • Cualquier incidente que se aprecie en la tramitación de su solicitud que imposibilite el registro se le comunicará a la dirección que haya designado dándosele la oportunidad de remover los obstáculos que se hubieran detectado (requisitos, fecha presentación, requisitos de forma, prohibiciones absolutas y relativas). Asimismo se le comunicará la expedición de su título de registro para que pueda retirarlo.
  • Asimismo debe tener presente que la OEPM  efectúa de oficio una búsqueda informática referida a cada solicitud de marcas o nombres comerciales a los efectos de detectar posibles situaciones de incompatibilidad registral con las marcas anteriores. La OEPM le informará -a partir de la presentación de su solicitud y durante la vigencia de su marca- en los supuestos en los que esta búsqueda hubiera detectado alguna solicitud posterior que pudiera afectar a sus derechos, con la finalidad de que, si lo estima conveniente, pueda oponerse al registro de la marca solicitada.

4,- Una vez solicitado un Nombre comercial

  • Cualquier incidente que se aprecie en la tramitación de su solicitud que imposibilite el registro se le comunicará a la dirección que haya designado dándosele la oportunidad de remover los obstáculos que se hubieran detectado (requisitos, fecha presentación, requisitos de forma, prohibiciones absolutas y relativas). Asimismo se le comunicará la expedición de su título de registro para que pueda retirarlo.
  • Asimismo debe tener presente que la OEPM efectúa de oficio una búsqueda informática referida a cada solicitud de marcas o nombres comerciales a los efectos de detectar posibles situaciones de incompatibilidad registral con las marcas anteriores. La OEPM le informará -a partir de la presentación de su solicitud y durante la vigencia de su marca- en los supuestos en los que esta búsqueda hubiera detectado alguna solicitud posterior que pudiera afectar a sus derechos, con la finalidad de que, si lo estima conveniente, pueda oponerse al registro de la marca solicitada.